Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros
Una de las preguntas que más frecuencia nos llegan cuando ocurre algún fenómeno meteorológica adverso es “¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?”. A continuación, te aclaramos esta consulta y otras que pueden surgirte si en algún momento tienes que hacer una solicitud a este organismo.
El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública que lleva a cabo múltiples funciones en el ámbito del sector asegurador, al que complementa y en el que está integrado. En este sentido, el Consorcio se encarga de indemnizar a los clientes de un seguro privado, ya sean empresas, asociaciones o particulares, por los daños ocasionados debido a riesgos extraordinarios de los cuales no pueden hacerse cargo las compañías aseguradoras.
Los fondos de esta entidad se obtienen de todas aquellas personas que tienen contratada un seguro, puesto que del importe total que pagan los clientes de seguros, una pequeña parte de destina a este fin, que va incluido en la prima y figura con el concepto “Consorcio”.
Qué riesgos cubre el Consorcio
El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza aquellos daños producidos por fenómenos naturales o derivados de hechos de incidencia política o social, con la condición de tener contratado una póliza de seguro para las personas o bienes afectados.
Por otro lado, también asume la cobertura obligatorio de los vehículos no aceptados por las compañías, así como la de los organismos públicos que lo soliciten. Asimismo, también tienen cobertura los daños producidos por automóviles desconocidos, sin seguro o que han sido robados.
Por último, debemos tener en cuenta que el Consorcio asume también una función protectora frente a los acreedores por contrato de seguro (personas aseguradas, beneficiarios y terceras perjudicados) en los casos de compañías en liquidación encomendada al Consorcio, o que se encuentren en situación de concurso de acreedores.
Cómo solicitar una indemnización al Consorcio
El Consorcio asume la indemnización de un siniestro siempre y cuando se cumplan las siguientes circunstancias y pasos pertinentes:
- Dejar intacto la zona dañada. De cara a la actuación pericial, no debemos tocar nada en un primer momento, dejando todo tal y como estaba, a pesar de que solo hayan quedado restos tras el daño causado.
- Comunicar el siniestro lo antes posible. Debemos contactar rápidamente con el Consorcio para comunicarle lo ocurrido.
- Llevar a cabo la reclamación. Este es el paso más importante y para el cual podemos tomar tres vías diferentes. La primera de ellas es directamente en la delegación regional del Consorcio que corresponda, teniendo en cuenta el lugar donde se ha producido el siniestro. Por otro lado, podemos realizarlo mediante nuestro compañía de seguros o bien a través de nuestro mediador. Para ello, existen tres maneras de contacto: vía telefónica, por escrito u online en la web www.consorseguros.es.
- Minimizar los daños. Hasta donde sea posible, es nuestra obligación como ciudadano minimizar los daños ocasionados. No todo el peso puede recaer en las compañías de seguros y en el Consorcio. Por tanto, los afectados deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir esta tarea.
- Esperar la respuesta a nuestra solicitud. Una vez llevado a cabo cada uno de los pasos anteriores, solo queda esperar a la resolución del Consorcio y en caso de ser positiva, revisar que el abono de la indemnización pertinente se ha producido correctamente.
Fuente: Consorcio de Compensación de Seguros