
¿Debo avisar al propietario si mi pareja se muda conmigo?
Uno de los pasos fundamentales en la vida en pareja es tomar la decisión de comenzar a vivir juntos. La convivencia es el mejor modo de saber si somos compatibles en el día a día. Sin embargo, en la mayoría de casos, uno de los miembros debe marcharse del piso e incorporarse al lugar donde vive la otra persona. Es, precisamente, aquí cuando surge la duda que abarcamos hoy: ¿Debo avisar al propietario si mi pareja se muda conmigo? ¿Puede vivir mi pareja en mi piso de alquiler sin avisar al casero? En el artículo de hoy te descubrimos todo lo que necesitas saber al respecto para evitar imprevistos, situaciones incómodas o, incluso, posibles sanciones.
Si nos atenemos a lo que establece la Ley. Tal y como dicta la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino no tiene la obligación de notificar al propietario de la vivienda su situación de convivencia. Pese a ello, es más que recomendable que lo hagas para poder ejercer tus derechos y anticiparte ante posibles disputas.
¿Qué ocurre si no aviso al propietario?
Si la persona inquilina no notifica nada y el propietario tiene conocimiento de que esa persona comienza a vivir en la vivienda, puede considerar que se ha producido un subarriendo o una cesión no consentida del contrato de alquiler. En ese caso puede comenzar el procedimiento correspondiente para resolver el contrato, puesto que de lo contrario estaría vulnerando el artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Si aviso y luego nos separamos, ¿qué ocurre?
Si la persona propietaria sabe que el inquilino convive con otra persona con un vínculo de afectividad como pareja de hecho o cónyuge, se puede aplicar el artículo 12 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, donde se establece que si el inquilino renuncia al contrato por separación o divorcio con su pareja, el propietario puede requerir a la persona que se queda que confirme su intención de permanecer en la vivienda. Por tanto, debería asumir el total del contrato de alquiler. Si no contestase en quince días, se considera extinguido dicho contrato.

Por otro lado, si el inquilino abandona la vivienda sin avisar al propietario, quien se queda debe comunicar al arrendador en el plazo de un mes su intención de continuar con el contrato de alquiler. Si no se produce este hecho, el propietario puede considerar resuelto el contrato de alquiler.
Asimismo, debes tener en cuenta que, para las parejas de hecho, se tiene derecho a permanecer en la vivienda en caso de separación siempre que se pueda acreditar la convivencia durante los dos años anteriores, o bien se tengan hijos en común.